El Parlamento Europeo decidió postergar la entrada en vigencia del Reglamento 1115/2023 hasta diciembre de 2026, una normativa que exige que productos como carne, soja, cacao, café, madera y otros bienes primarios ingresen al mercado de la Unión Europea (UE) solo si se garantiza que están libres de deforestación y degradación forestal.
Por Patricia Escobar
@argentinaforest
BUENOS AIRES (27/11/2025).- El anuncio de la prórroga Reglamento EUDR 1115/2023, lejos de calmar tensiones, reavivó el malestar de la Sociedad Rural Argentina (SRA), que volvió a reclamar una revisión profunda de los criterios y exigencias impuestos por la UE a las exportaciones agrícolas y forestales.
Desde la entidad del campo señalaron en un comunicado oficial que es imprescindible que la Unión Europea revise el alcance del reglamento, permitiendo que cada país “pueda hacer uso de sus recursos naturales tal como lo ha hecho históricamente”.
La entidad también cuestionó las categorías de riesgo asignadas, recordando que Argentina fue clasificada como país de Bajo Riesgo, por lo que —según la visión del sector— sus compromisos deberían limitarse a combatir la deforestación ilegal, sin cargas adicionales que, afirman, no corresponden a su estatus.

Rechazo a la obligación de “diligencia debida”
Uno de los puntos más resistidos por la SRA es la obligación de presentar una declaración de diligencia debida, requisito central del reglamento europeo.
La organización sostiene que esta exigencia incrementará los costos operativos en toda la cadena de abastecimiento, generando impactos que se trasladarán a los consumidores: “Debe ser eliminada la obligación de ‘Diligencia Debida’ como requisito, ya que de lo contrario esto conlleva a las cadenas de abastecimiento a tener sobrecostos que indefectiblemente llevarán a aumento de precios a los consumidores europeos y generarán inflación en alimentos”, afirmaron.
Pese a la ampliación de los plazos, la SRA advirtió que las dilaciones y la falta de certidumbre regulatoria afectan el comercio y las relaciones institucionales entre la Unión Europea y Argentina.
El reglamento —adoptado el 31 de mayo de 2023 y vigente desde el 29 de junio de ese año— establece que solo podrán comercializarse en la UE productos agrícolas y forestales si cumplen simultáneamente con tres condiciones:
1. No estar vinculados a deforestación ni degradación forestal.
2. Haber sido producidos conforme a la legislación del país de origen.
3. Contar con una declaración de diligencia debida que garantice su trazabilidad.
El presidente de la SRA, Nicolás Pino, insistió en que la UE debe reconsiderar el alcance del reglamento y evitar avanzar sobre la soberanía de los países productores: “Es imprescindible que la Unión Europea reconsidere el alcance de la normativa, permitiendo que cada nación gestione sus recursos naturales como lo ha hecho históricamente”.
Noticia relacionada


