Luego de la publicación en Misiones Online respecto a la presentación de amparo solicitado por el abogado Martín Ferroni, apoderado de la Asociación Civil Orembae, respecto al expediente de acceso a la información ambiental Corpus Christi con emplazamiento en Pindo-i, desde el Ministerio de Ecología de Recursos Naturales Renovables de Misiones respondieron en forma parcial, pero confirmando que “no existe ninguna evaluación de impacto ambiental” a la fecha respecto de los proyectos que tomaron estado público y generó un debate de desde diversos sectores de la sociedad.
Por Patricia Escobar
@argentinaforest
MISIONES (3/6/2026).- El abobado Martín Ferroni dio a conocer este miércoles la respuesta del gobierno provincial tras solicitar información sobre 7 aspectos del proyecto quereavivó el debate sobre grandes hidroeléctricas, y desde el Ministerio de Ecología de Misiones respondieron en forma parcial y solo sobre dos puntos. “No existe ninguna evaluación de impacto ambiental del proyecto de Corpus – Pindo-I, entonces, las recientes afirmaciones de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP), ingenieros y legisladores que siguen esta línea de pensamiento de que los impactos de este emplazamiento son mínimos no tienen en qué basarse para afirmar tal cosa”, precisó el profesional, especialista en Derecho Ambiental, en diálogo con ArgentinaForestal.com
“En forma oficial, ahora sabemos que el proyecto de represa Corpus Christi – Pindo-í no cuenta con Evaluación de Impacto Ambiental, ya que así lo confirmó el Ministerio de Ecología por escrito y ante un pedido formal de acceso a la información pública ambiental presentado por la Asociación”, indica Ferroni.
Pero la preocupación frente a este debate es mucho más profunda. El primer paso fue el pedido de acceso a la información ambiental, que se tramitó por el Expte. 9910-114/2026 » ASOCIACION CIVIL OREMBAE S/ SOLICITA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL CORPUS CHISTI EMPLAZAMIENTO PINDO-I
En ese contexto, el abogado considera que “si el Estado provincial admitió que no existe ningún estudio ni declaración de impacto ambiental sobre la obra, en consecuencia, las afirmaciones de “impacto mínimo” que vienen difundiendo la COMIP y los promotores del proyecto carecen de todo sustento técnico y legal. Además de falta de seriedad para pretender abrir un debate mediático sin información fundamental para empezar a analizar alguna posibilidad”, remarcó.
Desde la Asociación Civil Orembae señalan que en el marco del intenso debate mediático, técnico y político reabierto en torno a la construcción de la represa hidroeléctrica Corpus Christi en el emplazamiento de Pindo-í, la respuesta oficial del Ministerio de Ecología “es contundente” desde el aspecto ambiental, y por ende, tampoco hay información del impacto real económico y social.
“No existe estudio de impacto ambiental presentado por el proponente, no existe dictamen técnico de la autoridad ambiental, no se ha celebrado audiencia pública ni instancia alguna de participación ciudadana, y no se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental. En términos jurídicos, la dimensión ambiental de la obra nunca fue evaluada por el procedimiento que la ley exige”, precisó Ferroni.
Las afirmaciones sobre los posibles “impactos mínimos” enunciadas son consideradas “falsas” por Orembae. Y también irresponsables, porque no hay información suficiente que las respalde.
Durante los últimos meses, voceros de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP) y diversos promotores del proyecto han presentado como un hecho establecido que la represa tendría un “impacto ambiental mínimo”, que afectaría “pocas hectáreas” y “pocas familias”, y que su diseño “confinado” no dañaría la Selva Paranaense.

La legitimidad deber estar basada en la Constitución, perspectiva ambiental y crisis climática
Para la asociación civil, las afirmaciones que se repiten en conversatorios, notas periodísticas y exposiciones, se utilizan para intentar impulsar un nuevo plebiscito. «Intentan revertir una ley de 1996 con el no ya expresado por el soberano hace 30 años atrás en defensa de los ríos y el ambiente”, remarcaron en un reporte de prensa.
Tras el resultado a favor del “no” en el plesbiscito, mediante el cual la población rechazó cualquier posibilidad de repetir la experiencia, la Legislatura provincial sancionó la Ley 3.294 que prohibe la construcción de cualquier nueva represa sobre el río Paraná.
“Hoy hacen afirmaciones falsas e improcedentes. Nadie puede afirmar legítimamente que un impacto será “mínimo” cuando ese impacto jamás fue medido por el único instrumento idóneo para determinarlo: la Evaluación de Impacto Ambiental”, remarcan desde Orembae.
Sostener una conclusión sobre la magnitud del daño sin haber realizado el estudio que precisamente sirve para conocerlo, no es ciencia ni ingeniería: es propaganda, cuestionan los ambientalistas.
“Se está dando por probado, de antemano, aquello que solo una evaluación seria, independiente y participativa podría establecer. Un estudio de pre-factibilidad , justamente el documento que invocan los promotores, no es ni puede sustituir a una Evaluación de Impacto Ambiental. Son instrumentos de naturaleza, finalidad y exigencia legal completamente distintas”, explica Ferroni.
Leer más
La Nación vuelve a poner sobre la mesa el debate de reactivar el proyecto hidroeléctrico de Corpus
La ley ambiental es clara
La normativa ambiental es clara en Misiones y en el país: primero se evalúa, después se decide.
La Ley General del Ambiente (Ley N.° 25.675) establece que la Evaluación de Impacto Ambiental es un requisito previo y obligatorio para toda obra susceptible de degradar el ambiente, e impone la participación ciudadana informada como condición de validez de las decisiones.
El Acuerdo de Escazú (Ley N.° 27.566) y el artículo 41 de la Constitución Nacional refuerzan el derecho de todos los habitantes a acceder a la información ambiental antes de que se adopten decisiones que los afecten.
“Resulta inadmisible que se pretenda someter a la población misionera a un nuevo plebiscito sobre una obra cuyos impactos el propio Estado reconoce no haber evaluado. No puede haber consulta informada sin información. Se está invirtiendo el orden que la ley impone: se busca arrancar el consentimiento ciudadano antes de producir —y poner a disposición del pueblo— la información ambiental que es presupuesto de toda decisión legítima”, explica el abogado.

Principio precautorio
Además, consideró que frente a un ecosistema crítico como la Selva Paranaense, el remanente más importante de la Mata Atlántica en la Argentina y refugio de una porción decisiva de la biodiversidad del país, rige el principio precautorio: ante el peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de certeza científica no habilita a avanzar, sino que obliga a abstenerse.
“La inexistencia de Evaluación de Impacto Ambiental no juega a favor del proyecto: juega en su contra”, cuestionan desde Orembae.
En este marco, y con la respuesta parcial de Ecología, lo que reclaman desde la asociación es:
1. Que cese la difusión de afirmaciones sobre supuestos “impactos mínimos” que carecen de todo respaldo técnico y legal.
2. Que se respete la vigencia de la decisión popular de 1996 y el marco normativo provincial que prohíbe la represa.
3. Que no se convoque a ningún plebiscito mientras no exista información ambiental completa, independiente y de acceso público sobre el proyecto.
4. Que se garantice plenamente el derecho de acceso a la información pública ambiental de toda la ciudadanía.
Noticia relacionada


