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Misiones: Ecología autorizó a emitir guías forestales a los puestos de Control Forestal

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Ante la situación irregular que se presenta en el Ministerio, por el estado de asamblea permanente del personal del organismo que imposibilita la expedición de guías y remitos. MISIONES (31/5/2007).- Ante la situación irregular que se presenta en el Ministerio, por el estado de asamblea permanente del personal del organismo que imposibilita la expedición de guías y remitos, se resolvió que los mismos puedan ser emitidos en forma transitoria en los puestos dependientes de la Dirección de Control Forestal para extender certificados forestales a todos y cada uno de los transportes de productos forestales nativos fiscalizados en los respectivos puestos. Las autoridades del Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo informó que por disposición Nº113 del 29 de mayo de 2007, se autoriza a los puestos de Control Forestal dependientes de la Dirección de Control Forestal de este organismo a extender certificados forestales a todos y cada uno de los transportes de productos forestales nativos fiscalizados en los respectivos puestos, documentación que tendrá una validez de 72 horas hábiles siguientes a la fecha que fije este organismo, una vez finalizada la situación irregular que se presenta. Además, se autoriza excepcionalmente a los transportistas de material forestal nativo a justificar la tenencia y transporte del mismo con los remitos de transporte «X o R», hasta la fecha que indica la Dirección. Los propietarios y/o titulares de los permisos deberán presentarse en las Delegaciones de Bosques de la Jurisdicción que le corresponda para regularizar la situación documental de los certificados forestales de los remitos de transporte «X o R» del material forestal transportado, como también a formalizar el pago de los derechos correspondientes (inspección, sellado, etc.), en el plazo de 72 horas hábiles siguientes a la fecha que fije el organismo de control. “Las medidas se toman en virtud de la situación de emergencia por el estado de asamblea permanente del personal del Ministerio, que imposibilita la expedición de guías y remitos. Los productos forestales deben ampararse con documentación una vez librados al tránsito. Esta disposición es una respuesta a la situación planteada por los integrantes del sector foresto-industrial que encuentran obstaculizado su actividad normal”, explicaron desde el ministerio. El no cumplimiento por parte del industrial y/o propietario de una explotación forestal de lo mencionado anteriormente, será pasible de la instrucción de las actuaciones administrativas pertinentes y establecidas en las legislaciones de rigor.

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