Tierras rurales en Argentina: entre el sesgo ideológico y la urgencia de inversión productiva

Jurídicamente, el escenario es de incertidumbre: hay una ley que se aplica «a medias», un incumplimiento territorial detectado y una decisión final pendiente en la Corte Suprema. La diferencia entre ver esto como una «pérdida de soberanía» o una «oportunidad de desarrollo» es una interpretación política que genera un debate virtual ideológico; el hecho jurídico es que el límite legal hoy no se está respetando en el nivel departamental.

 

Por Patricia Escobar

@argentinaforest

 

BUENOS AIRES Y MISIONES (19/1/2026).- La reciente publicación de un «Mapa de extranjerización de la tierra» por parte de investigadores del CONICET y la Universidad de Buenos Aires (UBA) reavivó en medios de prensa un debate que, lejos de ser técnico, parece anclado en consignas ideológicas del siglo pasado.

Mientras el informe se centra en la «amenaza» de la soberanía por la tenencia del 5% del territorio nacional en manos extranjeras -una cifra que se mantiene estable hace una década-, el análisis omite las variables que realmente definen el fracaso o el éxito de una Nación: la seguridad jurídica, el impacto económico y el efecto derrame de la inversión.

El dato frente al relato: ¿Inglaterra en Argentina?

El estudio afirma que 13 millones de hectáreas (una superficie similar a Inglaterra) pertenecen a extranjeros. Sin embargo, equiparar «extranjería» con «despojo» es un reduccionismo peligroso.

El informe del Observatorio de Tierras subraya que 36 departamentos exceden el límite legal del 15% fijado por la Ley 26.737, sugiriendo que esto representa una apropiación de recursos estratégicos.

Lo que el sesgo académico no explica es por qué el capital argentino ha huido de esas tierras.

En las provincias del Norte Grande, y en Misiones en particular, la pobreza estructural, la presión impositiva y la inestabilidad macroeconómica han forzado a propietarios locales a malvender o abandonar sus chacras. El debate no debería ser quién es el dueño, sino qué hace el dueño con la tierra, sea local o extranjero.

«El derecho de propiedad es la base de la libertad económica. Discutir la nacionalidad del capital en lugar de la legalidad de su origen y la productividad de su destino es una distracción que solo beneficia al statu quo de la informalidad», señala un reconocido consultor jurídico de la city porteña.

En el debate sobre la propiedad de la tierra en Misiones y Corrientes, un dato suele omitirse sistemáticamente: la disparidad en el aporte al fisco y al bienestar social y ambiental entre las empresas extranjeras (sujetas a estándares globales de cumplimiento) y el complejo entramado de la economía informal y la intrusión, problemática sin solución en Misiones.

Mientras se siga instalando el relato ideológico sobre la «extranjerización» de la tierra, la economía real se desangra por la falta de transparencia de los capitales locales informales.

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El «efecto derrame» vs. la economía de la intrusión e informalidad

Es imperativo superar la desinformación que cataloga a todo inversor extranjero como un «especulador inmobiliario». Hay reglas en el país para instalarse con un proyecto de inversión.

La realidad del interior de la Argentina es mucho más compleja y cruda:

  • Seguridad Jurídica: mientras los investigadores cuentan hectáreas desde sus oficinas en Buenos Aires, los escribanos y abogados de frontera luchan en los juzgados contra mafias de intrusión y ocupación ilegal.
  • Transparencia: las adquisiciones extranjeras legales pasan por rigurosos filtros del Ministerio del Interior (Zona de Seguridad). Irónicamente, el sistema actual a veces empuja a que se utilicen personas jurídicas locales como testaferros, opacando la trazabilidad que la ley supuestamente quería proteger.
  • Impacto real: una empresa extranjera con un proyecto de largo plazo (foresto-industrial, turístico, minero o agroexportador) genera empleo registrado, paga impuestos provinciales y nacionales, e invierte en infraestructura que queda en el país.

Hacia un necesario cambio cultural

En la visión del Dr. Alejandro Chamatropulos, especialista en Derecho Constitucional, el nudo es institucional: «La Ley de Tierras sigue vigente por una medida cautelar tras el DNU 70/2023, pero la verdadera discusión es si queremos una ley que ‘proteja’ tierras ociosas y degradadas por la intrusión, o una ley que fomente el capital que genera valor y respeta las normas ambientales».

Por su parte, referentes del sector productivo en Misiones advierten: «Muchas chacras están abandonadas no por los extranjeros, sino por la miseria económica y la desprotección de la propiedad privada frente a políticos que avalaron en los municipios durante décadas la toma de tierras como herramienta electoral».

En el contexto actual, y tras décadas de ideologías que no aportaron al crecimiento del país, el debate estaría centrado en que en la Argentina se necesitaría una “reforma cultural” que deje de ver al capital externo como un invasor y empiece a medirlo con transparencia y licencia social por su desempeño, con reglas claras y desarrollo socio-económico y territorial, en que se midan:

1. Comparativa de empleo: ¿Cuántos puestos de trabajo genera una hectárea en manos de un inversor con proyecto productivo frente a una hectárea abandonada o intrusada?

2. Sostenibilidad: Las grandes firmas internacionales son hoy las más auditadas en términos de huella de carbono y certificaciones (como FSC en madera), algo que la economía informal de la tierra jamás podrá ofrecer.

3. Superar la virtualidad: El debate a partir del Mapa publicado por el CONICET-UBA es virtual; la realidad de Misiones, por ejemplo, con tierras productivas invadidas y propietarios locales sin crédito para producir, es el dato duro que la ciencia debería estar analizando.

La soberanía no se defiende prohibiendo la compra de tierras, sino elevar el debate garantizando que cada hectárea del país sea un centro de producción bajo el cumplimiento de la ley, seguridad jurídica y estado de garantías de derechos.

Superar el sesgo del «relato de la extranjerización» es el primer paso para que Argentina deje de ser una superficie del tamaño de Inglaterra en estado de abandono, y pase a ser una potencia agroindustrial integrada al mundo.

Contradicciones en el debate

A pesar de los intentos del Poder Ejecutivo por desregular el mercado de tierras, la Ley Nacional 26.737 de Tierras Rurales permanece plenamente vigente en el ordenamiento jurídico argentino. El derrotero judicial se resume en tres presentaciones:

  1. El intento de derogación: El DNU 70/2023 pretendió eliminar la ley en diciembre de 2023.

  2. La judicialización: El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) interpuso un amparo. En marzo de 2024, la Cámara Federal de La Plata declaró la inconstitucionalidad de dicha derogación.

  3. Estado actual: Al haber sido apelada, la causa se encuentra bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Mientras tanto, rige una medida cautelar que mantiene la ley activa, impidiendo nuevas adquisiciones que superen los topes legales.

En ese contexto, se plantea la discrepancia entre los datos oficiales del Gobierno y el reciente estudio del CONICET/UBA.

La ley establece que los extranjeros no pueden poseer más del 15% de las tierras a nivel nacional, provincial y departamental. Mientras el Gobierno afirma que ninguna provincia supera el 15%, dato matemáticamente cierto porque se promedian las zonas con poca presencia extranjera con las de alta concentración, el estudio del CONICET revela que, al hacer «zoom» en el mapa, 36 departamentos ya superan el límite legal. En algunos casos (como en Salta o La Rioja), la cifra supera el 50%.

La extranjerización no es uniforme, sino que busca recursos estratégicos (agua, turismo, minería o fronteras). Esto responde a cambios en la normativa de «Zonas de Seguridad» en los años 90, tierras con alto valor natural pero bajo valor inmobiliario comparado con mercados internacionales, y regiones con baja densidad donde grandes latifundios son adquiridos por un solo actor.

No se trata de una problemática numérica, sino institucional. Existe una ley vigente que se está incumpliendo en decenas de distritos (según los datos del CONICET), mientras el Estado utiliza promedios provinciales para invisibilizar esos excesos.

Lo grave es que jurídicamente, el escenario es de incertidumbre: hay una ley que se aplica «a medias», un incumplimiento territorial detectado y una decisión final pendiente en la Corte Suprema.

La diferencia entre ver esto como una «pérdida de soberanía» o una «oportunidad de desarrollo» es una interpretación política y un debate con sego ideológico; el hecho jurídico es que el límite legal hoy no se está respetando en el nivel departamental.

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