Desde una perspectiva técnica, el organismo profesional sostiene que la nueva propuesta de explotación de recursos naturales flexibiliza las evaluaciones de impacto ambiental y pone en riesgo el desarrollo sostenible de la región.
CHACO (10/1/2026).- La reciente propuesta de modificación de la Ley Nacional Nº 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, incluida en el denominado Compromiso de las Provincias Argentinas de avanzar en la explotación de los recursos naturales del país, vuelve a poner en debate el modelo de desarrollo que se proyecta para las regiones forestales del país, sobre todo para el Parque Chaqueño bajo constante presión por el avance de la frontera agropecuaria, en la que se incluye la Provincia del Chaco.
En este sentido, desde el CPCFCh, con unaperspectiva técnica y profesional, advertimos que dichas modificaciones implican una reducción del nivel de protección ambiental alcanzado por la normativa vigente, en particular al:
- Eliminar la autorización previa obligatoria para desmontes en bosques categorizados como Categoría III (verde).
- Habilitar el desmonte en áreas clasificadas como Categoría II (amarillo).
- Debilitar los mecanismos de control previo, Evaluación Ambiental y de fiscalización estatal.

Estos cambios desvirtúan completamente el espíritu de la Ley y atentan contra la protección y conservación de los bosques nativos de la región, los cuales constituyen aproximadamente el 60% de la superficie boscosa de la nación.
Para el caso de nuestra provincia, en primer lugar, es importante señalar que los Bosques Nativos categorizados como Categoría III (verde) en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), no constituyen, ni deberían ser considerados como áreas sin valor ambiental.
Por el contrario, esta categoría son sistemas biológicos que vinculan, comunican y armonizancon los bosques con mayor categoría de conservación (Categoría I y II), e incluyenpor ejemplo ecosistemas complejos como el Bosque de Tres Quebrachos, con alto valor productivo, ecológico y social.
La legislación vigente reconoce que los Bosques Nativos categorizados como Categoría III (verde) en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos pueden ser aprovechados bajo pautas de Manejo Forestal Sostenible, garantizando la provisión continua y persistente de Productos Forestales Madereros y No Madereros, al tiempo que se conservan los Servicios Ecosistémicos de:
-regulación hídrica,
-conservación del suelo,
-biodiversidad,
-mitigación del Cambio Climático.
En este marco, dentro de la provincia existen bosques de alto valor en términos de provisión de Servicios Ecosistémicos, los cuales muchas veces son soporte o retén de las actividades de producción agropecuaria. Un ejemplo de ello, lo constituyenlos bosques de los Bajos Submeridionales que regulan el flujo hídrico en esa parte de la provincia, contribuyendo y garantizando la producción agrícola y ganadera.
La flexibilización del régimen de protección propuesto, al eliminar la autorización previa para desmontes, al permitir el desmonte en la Categoría II(amarilla) y flexibilizar los controles ambientales, generan un fuerte incentivo o liberación al Cambio definitivo de Uso del Suelo, desplazando al Manejo Forestal Sostenible por actividades de retorno económico inmediato, desconociendo los beneficios para los productores y la sociedad.
Además, de no tener en cuenta los riesgos de una escasa planificación ambiental territorial y su impacto; no solo desde el punto de vista económico sobre la producción, sino también sobre el sistema de provisión de Salud entre otros.

Esta lógica, ya conocida en la región, compromete:
- El abastecimiento sostenible de materia prima para la industria foresto-industrial provincial.
- La conservación de Servicios Ecosistémicos (regulación hídrica, conservación del suelo, biodiversidad y mitigación climática).
- La sustentabilidad ambiental, productiva y social del territorio chaqueño.
Asimismo, las reformas propuestas implican una regresión en los estándares de protección ambiental, en contradicción con principios básicos del derecho ambiental argentino, como el principio precautorio y el de no regresión.
Como así también con el propio espíritu del artículo 41 de la Constitución Nacional.
El debate sobre el uso de los Recursos Naturales es legítimo y necesario. Sin embargo, desde la Ciencia Forestal sostenemos queel Bosque Nativo no debe ser entendido como un obstáculo al desarrollo, sino como una oportunidad estratégica, siempre que su aprovechamiento se realice sobre las bases de la Gestión Forestal Sostenible.
Desde este punto de vista, afirmamos que es necesario conservar los bosques en pie y produciendo para nuestra sociedad actual y futura.
En un contexto de gran impacto del Cambio Climático sobre la vida cotidiana de toda la sociedad, particularmente notoria en nuestra provincia, es de vital importancia sostener y reforzar esquemas regulatorios e instrumentos legislativos como la Ley 26331, que actualmente está enfocada en el uso y conservación de los recursos forestales nativos del país.
Los cambios propuestos tienen como objetivo promover la reducción a escalas casi catastróficas de la superficie de Bosques Nativos atentando no solo en la economía de nuestros productores sino también en los de la región.
Por todo lo expuesto, el Consejo Profesional de Ciencias Forestales de la Provincia del Chaco sostiene que cualquier revisión del marco normativo debe orientarse a fortalecer el Manejo Forestal Sostenible, al Aprovechamiento del bosque en pie, a mejorar los mecanismos de control y promover el uso responsable del Bosque Nativo, y no a facilitar su desmonte, degradación y sustitución.
(*) Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Forestales del Chaco





