Con la firma del decreto respectivo por parte del gobernador Jorge Busti, fue promulgada la ley que declara a la provincia de Entre Ríos libre de plantas procesadoras de pasta celulósica, cuya actividad industrial impacte en el medio ambiente y contamine el aire, suelo y aguas de los ríos.
Fuente: Diario Los Principios On Line
ENTRE RIOS (14/9/2005).- La normativa, que lleva el número 9.644 y que fue sancionada anoche por la Legislatura, expresa textualmente lo siguiente: Artículo 1°: Declarase a la provincia de Entre Ríos libre de plantas procesadoras de pasta celulósica cuya actividad industrial impacte en el medio ambiente, contamine el aire, suelo y/o la calidad del agua de los ríos Paraná, Uruguay, Gualeguay, Gualeguaychú y demás cursos de agua de nuestro territorio provincial, provoque daños al ecosistema y al desarrollo y sostenimiento de la economía regional, cuya base sustancial es la explotación de los recursos turísticos, de conformidad a las facultades dispuestas en los artículos 41º y 124º de la Constitución Nacional y tratados binacionales rubricados por nuestro país, tales como Estatuto del Río Uruguay y Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del Mercosur (2003) Ley Nº 25.841. Artículo 2°: Ratifícase la declaración efectuada por el artículo 2º de la Ley Provincial Nº 9092 de los ríos Paraná, Uruguay y demás cursos de agua de la provincia de Entre Ríos, como bienes de la naturaleza y recursos naturales de especial interés para su cuidado, conservación y aprovechamiento sostenible, en particular a lo referido a la calidad de aguas, cantidad, distribución y uso jerarquizado, así como al sustento de la biodiversidad. Artículo 3°: Déjese sin efecto en el anexo del Decreto Nº 2254/90 -MEH- Disposiciones sobre Régimen de Promoción Industrial, reglamentario de la Ley Nº 6726, el siguiente párrafo: “Industria celulósica papelera tipo de actividad industrial: Elaboración de pulpa o pasta química, semiquímica”.


