| Se reunió la subregión Centro-Chaco de la Comisión Asesora de Ley 25.080 |
El temario abordó el análisis del estado de tramitación de la prórroga de la Ley 25080; el informe semestral de resultados de la misma Ley; el plan de desarrollo forestal; y distintos temas a la provincias que componen la comisión.
Fuente: Agrodiario
SANTA FE (2/8/2008).- El Secretario del Sistema Hídrico, forestal y Minero del Ministerio de la Producción, Ing Ricardo Biani, presidió una reunión de la subregión centro-chaco de la Comisión Asesora de la Ley Nacional 25080. La normativa corresponde a Inversiones para Bosques Cultivadas que integran las provincias de Chaco, Formosa, Córdoba, La Pampa, Buenos Aires y Santa Fe. La reunión tuvo lugar en la Granja La Esmeralda y contó con la presencia de los participantes de las áreas forestales correspondientes de las provincias mencionadas. Además, por parte de la Secretaría de Agricultura de la Nación (SAGPyA), participaron del encuentro la Ing. Mirta Larrieu – Directora Nacional de Forestación; el Ing. Gustavo Cortés – Coordinador Comisión Asesora Ley 25080 y el Ing. Esteban Borodowski – Coordinador Núcleos de Extensión Forestal. En esta oportunidad, el temario abordó el análisis del estado de tramitación de la prórroga de la Ley 25080; el Informe semestral de resultados de la misma Ley; el plan de desarrollo forestal; y distintos temas a la provincias que componen la comisión. Durante la apertura de la reunión, como anfitrión y dando la bienvenida, el Secretario Biani comentó que a partir de esta nueva gestión el Ministerio de la Producción tiene una visión por cadenas de valor, y en ese marco, “el tema forestal, que es el que nos incumbe, es interpretado integrando todos los sectores, es decir, no sólo trabajamos en la producción primaria, sino que también incluimos todo lo que tiene que ver con el procesamiento industrial la madera”, agregando que “esto implica un desafío interesante que amplía los horizontes”. Puntualmente, haciendo referencia a lo dialogado sobre la Ley, el funcionario provincial destacó luego de la reunión que “como la Ley de promoción forestal tiene vigencia hasta el mes de enero del próximo año, por lo que el principal debate se generó en torno a la posibilidad de la renovación del programa porque es un elemento fundamental para del desarrollo forestal del país, más si tenemos en cuenta la actividad es a largo plazo”. “Desde el punto de vista primario, la actividad en la provincia no es tan importante como en otros lugares del país, pero si existe un desarrollo fuerte de la actividad industrial, ya sea en la actividad mueblera, empresas de papel y la incorporación de un nuevo elemento, muy interesante, como la utilización de madera para generar energía eléctrica”, subrayó Biani. En relación a esta innovadora actividad, Biani señaló que “estamos trabajando junto a la Federación de Cooperativas Eléctricas, y ya lo veníamos haciendo con 14 empresas del Dpto. General Obligado que generan energía para su funcionamiento; razón por la cual, entendemos que la plantación de bosques energéticos será fundamental en los próximos años para esta provincia”. negrita/Reunión con el sector privado/negrita Cabe destacar que durante la jornada se incorporaron a la reunión los representantes de las Cámaras de la Madera y Afines de la Provincia de Santa Fe. Comisión Asesora Ley Nacional 25080 La Comisión tiene como objetivos asegurar la difusión, la eficiente implementación y el seguimiento del régimen de promoción establecido por esta ley. Su principal actividad en el último período consistió en estudiar y tratar la prórroga de la Ley 25080 y concretar una propuesta que haga extensiva su validez por diez años más. Ley Nacional Nª 25.080 A través de esta norma, promulgada en el año 1999, se instituyó un régimen de promoción de las inversiones que se efectúen en nuevos emprendimientos forestales y en las ampliaciones de los bosques existentes. Las funciones de aplicación de esta ley están delegadas a las provincias, por convenio con la Secretaría de Agricultura de la Nación (SAGPyA). En Santa Fe, el Ministerio de la Producción es el organismo de aplicación de la citada norma. La ley también beneficia la instalación de nuevos proyectos forestoindustriales y las ampliaciones de los existentes, siempre y cuando se aumente la oferta maderera a través de la implantación de nuevos bosques. Dichos beneficios deben guardar relación con las inversiones efectivamente realizadas en la implantación. Bosque cultivado En su artículo 4to, la ley define por bosque implantado o cultivado el obtenido mediante siembra o plantación de especies maderables nativas y/o exóticas adaptadas ecológicamente al sitio, con fines principalmente comerciales o industriales, en tierras que, por sus condiciones naturales, ubicación y aptitud sean susceptibles de forestación o reforestación y que al momento de la sanción de la presente ley no estén cubiertas por masas arbóreas nativas o bosques permanentes o protectores, estos últimos definidos previamente como tales por las autoridades provinciales, salvo la existencia de un plan de manejo sustentable para bosques degradados a fin de enriquecerlos, aprobado por la provincia respectiva.


