| Medio ambiente |
Miguel López, docente de la Facultad de Ciencias Forestales y diputado provincial del FPV, sostiene que “hay incumplimiento del Estado Provincial” a la Ley Nac. 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Bosques Nativos. MISIONES (27/4/2009).- El ingeniero forestal Miguel López, docente de la Facultad de Ciencias Forestales de Eldorado y actual diputado provincial (FPV), sostiene que “hay incumplimiento del Estado Provincial a la Ley 26.331”. López expresó su preocupación ante “la ausencia de la ley provincial” acorde a lo que estipula de Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos Nº 26.331. “El Decreto Provincial Nº 2.534, publicado el pasado 17 de marzo del 2.009, no reúne las condiciones prescriptas por la Ley 26.331, y es una cuestión que sin dudas afecta y afectará gravemente el desarrollo productivo de Misiones”. El profesional fundamenta su posición en que la ley de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos dispone expresamente en su Art. 6 que cada jurisdicción, en un plazo máximo de un año, (plazo vencido en diciembre de 2.008), y a través de un proceso participativo, deberá realizar el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos. Sin embargo, con respecto a los plazos cabe aclarar que este plazo fue prorrogado por la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable hasta junio de 2009, dado que solo dos provincias en todo el país cumplieron con la fecha establecida en un primer momento. Sobre el proceso participativo que lleva adelante la Provincia, los cuestionamientos de López se suman a los reclamos que desde varias organizaciones intermedias expresaron en las últimas semanas a través de la prensa, como la Fundación Vida Silvestre Argentina y el Foro Forestal de Misiones. negrita/Incumplimientos/negrita De esta manera, el ex decano de la Facultad de Ciencias Forestales explicó que la Ley 26.331 dispone en su Art. 32, que el Ordenamiento de los Bosques Nativos deberá ser determinado por ley provincial. A su vez, la norma reglamentaria de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos -Decreto Nacional Nº 91/09- determina en su Art. 33, que la ley provincial deberá contener “información cartográfica que permita individualizar con precisión las TRES (3) categorías de conservación establecidas” (inc. b), como asimismo la correspondiente “información referida al nivel de coherencia de las categorías de conservación respecto de las provincias limítrofes que hayan aprobado por ley su Ordenamiento de Bosques Nativos.” (inc. c). “En tal sentido, y a criterio de la Ley 26.331, atento al incumplimiento del Estado Provincial hasta el presente, a nuestra provincia le caben las disposiciones de los Arts. 8 y 9 de la referida ley, en cuanto a la prohibición de efectuar desmontes. Así, nuestra provincia quedará al margen de los beneficios que prevé la ley”, advirtió el profesional. Consideró además que “ tal incumplimiento afecta además la necesaria calidad institucional y el proceso participativo previsto en la norma, todas cuestiones que se pueden y deben subsanar en el menor tiempo posible puesto que toda demora significa menos puestos de trabajo, ausencia de inversiones productivas, capacidad ociosa y postergación de los beneficios que acuerda la ley, todo ello a causa de ausencia de la adecuada reglamentación”.



