Por Mario Elizondo. Ingeniero Forestal.
Esta es una digresión del tema central de esta nota, que son los bosques nativos, pues problemas tenemos también y muchos con la promoción a las plantaciones forestales.
La exposición de la Directora Nacional de Producción Forestal, Sabina Vetter en esta mesa redonda del evento que organizó la UBA en Buenos Aires -en el marco del “Congreso de la Tierra: Ecología, Sociedad, Política”- versó sobre la política de promoción forestal que se desarrolla bajo el imperio de la ley 25.080 y sus adecuaciones. Es un subsidio, y como tal no reintegrable, a la plantacion de especies forestales desde hace más de dos décadas.
Nada hubo que no se haya dicho ya, salvo que en mi opinión, es una mala ley de promoción, y desde siempre hubo una muy pobre gestión del Estado.
Además es innecesaria, pues si la actividad forestal primaria que es la plantación de especies forestales con fines industriales, no es rentable por sí misma, carece de sentido otorgar subsidios en moneda para desarrollarla como se hace desde hace más de 60 años en el país.
¡Y si lo fuera! -(rentable)- también carece de sentido subsidiarla, pues pareciera que solo se lo hace para mejorar la rentabilidad de la actividad. ¿Con que fin?, ¿a quién va dirigida?, ¿por qué el Estado debe garantizar la rentabilidad de una actividad privada?.
Planteó además que le ley está casi desactivada, pues al no reajustarse los montos de los subsidios al momento del efectivo pago, queda desfinanciada y el impacto del subsidio es casi nulo en relación a los costos.
Cabe destacar aquí que esta situación es histórica y que solo hubo un período donde el desaparecido Instituto Forestal Nacional reajustba los fondos al momento del efectivo pago, según la evolución del Índice de Precios Mayoristas Nivel General; fue durante la vigencia la ley 21.695/77 de “Crédito Fiscal”, anterior a la 25.080. Incluso es una Ley con la que muchos de los usuarios robaron -si, robaron dinero público- ¡pero aún con estos antecedentes, la Directora Nacional de Producción Forestal expresó que “es una buena ley de promoción”!
Pero vayamos a un poco más de altura y veamos el panorama de los Bosques Nativos desde otra perspectiva.
Ley 26.331
“Los planes de conservación (PC) pueden desarrollarse en bosques clasificados en cualquiera de las tres categorías de conservación establecidas en la Ley 26.331, siempre que los objetivos y las actividades propuestas en el mismo permitan el mantenimiento y/o incremento de los atributos de conservación. Los planes de manejo y conservación (PMyC) son aquellos que pueden ser presentados en un establecimiento que presente más de una categoría de conservación de bosques nativos. Las actividades y los objetivos que se desarrollan en el mismo, deben ser discriminadas según las distintas categorías de conservación, respetando de esta manera las restricciones establecidas y aplicando los contenidos mínimos de un PM o PC establecidos en la Resolución SAyDS 826/2014. De esta forma, el predio es considerado como una sola unidad de bosque, asegurando que se cumplen con las restricciones de un PC para las áreas de bosques clasificadas en I (rojo), mientras que las actividades propuestas para las áreas de bosques clasificadas en II (amarillo) y III (verde) pueden responder tanto a las de un PC como a las de un PM. Los planes de cambio de uso del suelo (PCUS) no son financiados por el FNECBN y solo pueden aprobarse en bosques bajo categoría III (verde), previa autorización por la ALA, siendo obligatorio realizar un procedimiento de evaluación de impacto ambiental que garantice la participación ciudadana a través de audiencias públicas. Cabe mencionar también a los proyectos de formulación (PF), los cuales son los documentos que sintetizan la organización, medios y recursos, en el tiempo y el espacio, de las medidas específicas para elaborar un PM, un PC o un PMyC.
Estos proyectos tienen el fin de impulsar la elaboración de planes de manejo o planes de conservación a través de una compensación económica que permita la elaboración de la planificación que se plasmará finalmente en un plan. No son obligatorios y su duración no podrá superar el año, quedando a criterio debidamente justificado de la ALA su extensión a dos años. La finalización de los PF implica la obligatoriedad de la presentación de planes de manejo o planes de conservación: la ALA deberá establecer mecanismos para fijar este concepto contractualmente y solicitar a titulares con PF concluidos la presentación de dichos planes. Dichos planes y proyectos deben ser presentados por las personas, físicas o jurídicas, que sean titulares o poseedores de los bosques nativos a la provincia correspondiente y pueden solicitar o no una compensación monetaria por su ejecución. Las ALA son los organismos encargados de la evaluación y aprobación de los planes presentados en cada convocatoria y de su compensación monetaria si correspondiera, como así también de la evaluación de aquellos planes que se ejecutan y no reciben la compensación.”
El texto que antecede es oficial del MAyDS, extraído del Informe: “Estado de implementación de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos – 1921” . Y tengo fundadas sospechas de que es poco lo que se está cumpliendo.
Se destaca si,¡que “plata hay para todo”!, desde lo necesario para poder financiar un “Proyecto de Formulación”, que básicamente son honorarios para formularlo por un profesional habilitado, que es evidente que actúa como “auxiliar de la Autoridad Local de Aplicación”, así como un abogado actúa como un “Auxiliar del Poder Judicial” o como uno o varios Peritos de Oficio, actúan como auxiliares de dicho poder, en aspectos técnicos de sus profesiones cuando un juez requiere información de especialidades pofesionales que desconoce.
¡Pero hay una enorme diferencia!, a estos profesionales auxiliares de la justicia, los honorarios, se los determna un juez y los abona una de las partes de la disputa judicial.
En el caso de los bosque Nativos, ¡todo esta a cargo del Estado!.
Ud. presenta un Plan de Formulación en un año (o dos si le aprobaron su extensión) y tiene luego que presentar obligatoriamente el Plan de Conservación o el Plan de Manejo o el Plan de Manejo y Conservación. Si no cumple con esto -que parece ser obligatorio- ¿qué pasará? ¡Nadie lo sabe!.
En el caso de los bosque Nativos, ¡todo esta a cargo del Estado!. ¿Ud. necesita fondos para elaborar un Proyecto de Formulación?¡se lo paga el estado!¿Presenta luego el Plan de Conservación del bosque o el Plan de Manejo o el Plan de Manejo y Conservación adonde expresa como lo va a ejecutar y que cosas va a hacer en el bosque y cuanto dinero necesita¡todo se lo pagará el estado!.
¿Quién es el Estado?
- “Chaco | Jefe de la Dirección de Investigaciones de la Policía de Villa Ángela asumió en la Dirección de Bosques” (Argentina Forestal 28-01-2024).
¿No hay en El Chaco algún profesional que conozca algo de la materia?, ¿es un investigador policial quién tiene conocimiento adecuado para el cargo?
- “Santa Fe | Profesionales plantearon al gobierno provincial su preocupación económica y ambiental ante la falta de fondos de la Ley de Bosques”(Argentina Forestal 5/6/2024)
“Ingresado en la cartera ambiental el 8 de marzo, piden «con carácter de urgente» el pago de los fondos de compensación de los Planes de Manejo de la Ley de Bosques aprobados en 2023. «Por la situación crítica en lo socio económico y también en lo ambiental de los productores/as que conservan y manejan de manera sustentable estos bosques nativos», argumentaron.”
“Se trata de las partidas que reciben los propietarios de establecimientos que, para poder hacer uso del recurso forestal, implementan planes de manejo que diseñan los técnicos, que a su vez son corresponsables de su correcta ejecución”
“Serían más de un centenar los planes en la provincia, casi en su totalidad (más del 90%) de explotaciones ganaderas, a quienes en promedio se le asignaron unos $ 2 millones el año pasado para tareas como construcción de cortafuegos, alambrados o acceso a aguadas. Incluso algunos productores han sembrado pasturas subtropicales para hacer reservas invernales con los fondos de la ley”
¿Con los fondos de la ley? ¿no deben ser estos aplicados solo para manejar Bosques?
- DEL INFORME DE GREENPEACE “DEFORESTACIÓN EN EL NORTE DE ARGENTINA” INFORME ANUAL DEL AÑO 2023
“Introducción Los bosques concentran más de la mitad de la biodiversidad terrestre del planeta. Nos brindan bienes y servicios indispensables para nuestra supervivencia, como alimentos, maderas y medicinas. Son el territorio y el sustento de comunidades indígenas y campesinas. Y cumplen un rol fundamental en la regulación climática, el mantenimiento de las fuentes y caudales de agua, y la conservación de los suelos. Argentina se encuentra en emergencia forestal. Según datos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, entre 1998 y 2022 la pérdida de bosques nativos en el país fue de cerca de 7 millones de hectáreas, una superficie similar a la de Formosa.”
Por lo que aquí expresa Greenpeace en su informe, anual del 2023, la destrucción de bosques viene viajando a un ritmo de 269.230 ha/año para el período 1998-2022 según datos del MAyDS.
Si bajo manejo, desde la implementación de la ley 26.331 (15 años), hay ya 2.800.000 ha, son 186.666 ha/año las que se incorporan al manejo forestal con subsidios del Estado. Pero la contrapartida es la destrucción de 269.230 ha/año.
Si regalando dinero público la cifra de destrucción de bosques es mayor a la que se incorpora al manejo subsidiando la conservación de los bosques, aún cuando destruirlos tiene un costo que soporta cada propietario de tierras con cobertura boscosa, es por una simple razón, es más rentable destruir bosques que conservarlos ¡aún si te regalan dinero para hacerlo!. Y si esto sucede desde hace ya hace 15 años cuando se inició la gestión del sistema de subsidios de la ley, ¿no deberíamos suponer que el sistema no alcanza para enfrentar el problema? ¿no deberíamos pensar luego de 15 años de experiencia; que ese no es el camino?
Estamos incorporando al manejo, menos superficie que la que se destruye. ¡Como resultado de gestión es un desastre!
Y me animo a afirmar que no hay bajo manejo como la ley manda la superficie de bosques nativos que se informa.
Denunció al gobierno del Chaco por una presunta maniobra de corrupción en perjuicio de los bosques nativos. La organización apuntó contra un alto funcionario por hacer aparente uso de su cargo para otorgar permisos estatales a sus propios clientes privados. En el medio, incluso, hasta figura mencionada una empresa que se atribuyó en el pasado, en una porción de su capital accionario, a un alto funcionario de Milei.
¿No es todo esto una muestra del “Estado Bobo” más unos cuantos corruptos?¿Para qué abundar más?, ¿No es suficiente para advertir que andamos mucho más que flojos en esto de conservar, cuidar y manejar bosques nativos? ¡Que nos está costando mucho dinero público y bosques perdidos!
Es por eso que ya he hecho conocer mucho antes de ahora, que en mi opinión ésta ley es inservible y a mi juicio debería ser al menos, suspendida en su aplicación o mejor aún derogada, al menos así no nos costaría ingentes fondos públicos su inútil aplicación. Lo mismo cabe para la 25.080 y sus adecuaciones que no han servido para mucho.
Lo lamentable de todo esto es que hay un sinnúmero de entidades que dicen representar a los profesionales forestales, pero estas casi nunca hacen una sola referencia a estas cuestiones, ¡pero eso si!, participar en congresos y reuniones como la que generó esta nota, adonde casi todos los expositores y/o participantes, se acercan desde los lugares más alejados del país, al lugar de reunión; obviamente con viáticos pagados en general por el Estado o alguna institución profesional y pontifican sobre las bondades de tal o cual proyecto que casi nunca se finaliza, pero esto que he expuesto sobre lo que pasa en sus provincias o en el país en relación a los Bosques Nativos, que todos, en mayor o menor medida conocen, muchos pertenecen a las Direcciones de Bosques Provinciales, Facultades Forestales, ONG´S Ambientalistas, etc.
Sin embargo parecen –solo afirmo que parecen- no advertir “la realidad”, que según Aristóteles (383 – 322 a de C.), que lo expreso hace 2.300 y pico de años ”es la única verdad”.
A MODO DE CONCLUSIÓN
Llegado a este punto, en mi opinión hay un solo camino, paralizar todos los sistemas de promoción y organizar un equipo auditor muy profesionalizado para auditar todo el sistema de promoción a las actividades forestales, sean los referidos a plantaciones forestales y al de Bosques Nativos.