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Dólar, economías regionales y pagos al exterior

Escribe Ernesto Seidel. Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero y Licenciado en Comercio Internacional..

 

MISIONES (26/7/2023).- Recientemente, el gobierno nacional dispuso mediante decreto 378/23 el restablecimiento del “Programa de Incremento Exportador” (PIE). Con dicha medida se pretende estimular el ingreso de divisas por parte de los exportadores de ese sector con el objetivo por un lado, de acumular y reforzar las reservas del Banco Central (BCRA) y por otro, generar ingresos fiscales incrementales a través del cobro tanto de derechos de exportación como demás tributos nacionales y provinciales.

A casi 1 año de la primera versión del programa (esta sería la cuarta) se analizan sus particularidades y aspectos diferenciales.

Durante el año 2022 estuvieron en vigencia las dos primeras versiones que básicamente consistían en un programa de adhesión voluntaria que permitió acceder “con carácter extraordinario y transitorio”a un valor de $200 y $230 respectivamente por cada dólar estadounidense que se liquidara exclusivamente para las exportaciones de soja y sus derivados (aceite, harina y pellets entre otros).

Ya en el 2023, la tercera versión fijó un tipo de cambio de $300 y amplió el alcance de los productos comprendidos con la acertada y tan necesaria incorporación de las economías regionales (entre las que podemos mencionar a los principales rubros exportables de nuestra provincia: yerba mate, madera y té entre otros).

La cuarta y última versión tiene como característica saliente establecer un tipo de cambio (contravalor de la exportación de mercaderías para la liquidación de divisas) de $340,00 por cada dólar u$s, liquidadas hasta el 31 de agosto del presente año.

Dicho ajuste obedece a que el tipo de cambio anterior de $300, resultaba poco atractivo ya que había quedado demasiado cercano al valor del dólar oficial actual aproximado de $270. No obstante, si tomamos como referencia la relación de los tipos de cambio en programas anteriores, su valor debería ser superior a $340 (cercano a $400).

Por otra parte, mediante el decreto 377/23, se dispuso aplicar el impuesto PAIS (acrónimo de Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, con el que nació el tributo en el año 2019), tanto para importación de bienes como de pagos de servicios al exterior.

En lo que respecta a importación de bienes, la alícuota aplicable es del 7,5%, para todos los bienes, excepto: medicamentos y material para combatir el fuego, combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria.

Asimismo, se debe recordar que los bienes suntuarios ya pagan el 30%. Además en materia de pago de servicios al exterior, la alícuota aplicable es del 25% para los servicios, excepto: fletes (7,5%); salud y educación (exentos) y los recitales, que ya pagan 30%. El mencionado impuesto PAIS no es aplicable tanto para pago de servicios como de bienes si en el giro se emplean dólares propios.

En decir, se agregan varias cotizaciones al comercio exterior. En lo que respecta a exportación, si la empresa no adhirió al PIE mencionado al comienzo se aplica el tipo de cambio oficial ($270), si lo hizo se aplica el dólar agro ($340).

Mientras que para importación, por aplicación del impuesto país, el tipo de cambio para bienes puede ser $270 (exentos), $351 (suntuarios) y $290 (los demás). Para pago de servicios al exterior puede ser $270 (exentos), $351 (recitales), $290 (fletes) y $338 (los demás).

En definitiva, si bien la frágil situación económica y la necesidad de fortalecer las reservas puedan limitar el margen para la implementación de otro tipo de políticas, todos estos nuevos tipos de cambios, que se vienen a sumar a los ya existentes (dólar tarjeta, blue, MEP, etc.) van en contra de uno de los elementos estructurales para el fomento del comercio exterior: reglas de juego claras, precisas, estables, creíbles, y promotoras.

Los mercados compradores internacionales toman nota de estos cambios de la oferta argentina, y castiga con mermas de precios y decisiones de buscar en otros países competidores.

 

Por Ernesto Seidel (*)
(*) El autor es Despachante de Aduana, Agente de Transporte Aduanero y Licenciado en Comercio Internacional.

email: ernesto.seidel@hotmail.com

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