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Chaco: el STJ hizo lugar a una queja contra el fallo que confirmó millonaria multa por un desmonte ilegal

Con la firma de sus cinco ministros, el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso de queja de un productor forestal contra una resolución de la Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que le había denegado la apelación de un fallo que confirmó una multa por 17 millones de pesos de la Dirección Provincial de Bosques del Chaco.

Fuente: Chaco Día por Día 

CHACO (28/4/2019).- El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a un recurso de queja extraordinaria por la apelación denegada a un productor forestal contra el fallo que confirmó una multa por 17 millones de pesos de la Dirección Provincial de Bosques por un desmonte ilegal. Es en el marco de una medida cautelar innovativa contra esa sanción impuesta por el organismo provincial por violación a la ley n° 2079-R (ex nº 7153) y que la Sala Segunda de la Cámara Contencioso Administrativa había rechazado en junio de 2018 y también negado la posibilidad de ser revisada por una instancia superior.

La sanción de la Dirección de Bosques, de febrero de 2017, se debió a la infracción al artículo 6, inciso B1 de la entonces ley 7153 (hoy 2079-R), que estableció el Régimen de Sanciones para la Actividad Forestal, “por ejecutar un desmonte sin el permiso forestal correspondiente”.

En su presentación judicial, el productor señaló que la multa resultaba “confiscatoria” al ser “excesiva” y “exagerada”. Además, recalcó que aunque se sumara el valor de todos sus campos, “no se llegaría a cubrir el 20 por ciento de la multa establecida”, considerando que la multa implica “la ruina económica”.

La resolución del STJ, a la que tuvo acceso CHACODIAPORDIA.COM, fue dictada el 22 de abril pasado, y lleva las firmas de los ministros Emilia Valle, Rolando Toledo, Iride Grillo, Alberto Modi y María Luisa Lucas. En sus argumentos, señalan que al rechazar la medida cautelar y al impedir su revisión por vía extraordinaria, “sitúa en evidente peligro al patrimonio del cautelante, ya que los dos inmuebles de su propiedad tasados en $9.500.000, no resultan suficientes para afrontar la cuantiosa multa aplicada mediante la cuestionada resolución de la Dirección de Bosques, que asciende a $17.082.481”.

En ese contexto, consideraron que “le asiste razón al recurrente cuando esgrime que lo decidido por la Alzada, al negarle el acceso a la apelación extraordinaria, le puede ocasionar un agravio de imposible o tardía reparación, por lo que consideramos acertado permitir su examen en una instancia superior, más aún teniendo en cuenta el sacrificio patrimonial desproporcionado que se le exige dada la abultada suma de la sanción que se le impuso”.

 

 

 

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