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El decreto provincial 553/05 suspende el otorgamiento de guías forestales a personas físicas o jurídicas cuando se comprueben que adeuden el pago de más de tres multas firmes y consentidas por infracción a la Ley de Bosques. El Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo impulsa una política de restricción y control para todas las irregularidades que se puedan cometer en la extracción de madera nativa. Para ello dictó un decreto que impide las guías forestales a los solicitantes que se encuentren en infracción. El Decreto 553/05 suspende el otorgamiento de guías forestales a personas físicas o jurídicas cuando se comprueben que adeuden el pago de más de tres multas firmes y consentidas por infracción a la Ley Provincial de Bosques Nº 854. La misma sanción se aplicará cuando se compruebe exceso en el transporte y en la extracción superior a diez (10) metros cúbicos de madera o su equivalente. También se suspenderán a titulares de guías que hayan realizado aprovechamiento o cometido irregularidades (art. 72 y 75 -Ley 854-), en bosques fiscales y/o privados sin la autorización correspondiente. De esta manera se ampara la producción maderable nativa y se lleva a cabo un mayor control para infracciones como adulteración, incumplimiento de tasas o aforos, transporte de productos nativos sin amparo de guías o sin marca de martillos y otras infracciones que se consideran en la Ley 854.