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Una nueva amenaza al sistema de Riesgo de Trabajo

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Diputados nacionales quieren modificar el Art. 39 de la Ley 24.557 de Riesgo de Trabajo. La respuesta no se hizo esperar, para el gerente Regional Misiones de La Segunda, Tomás Salata, esto implica “una amenaza no sólo para las ART, sino para todo el sistema laboral argentino, porque volver al viejo modelo significa fomentar el trabajo en negro, la evasión y, por ende, la desocupación”.

Por Patricia Escobar

MISIONES(SEPTIEMBRE 2004).- En septiembre de 1.995 se sancionó la Ley 24.557 de Riesgo de Trabajo (LRT), y fue puesta en vigencia a partir de julio del 96. Desde entonces, el sistema ha sido eje de numerosos debates; no obstante, en la actualidad empresarios y trabajadores reconocen que la aplicación de esta normativa logró que se inicie un proceso de concientización para tomar en serio las medidas de prevención de accidentes, y la tranquilidad de una cobertura garantizada, puesto que a partir de esta ley todas las empresas deben cumplir con la contratación de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART). Sin embargo, en escena apareció una polémica generada a partir de un proyecto del diputado nacional Saúl Ubaldini, para modificar el artículo 39 de responsabilidad civil del empleador dentro de la LRT. El mismo se sumó a otras iniciativas presentadas por Stolbizer y Atanasoff. El proyecto del otrora sindicalista vuelve a promover lo que en su momento se dio a conocer como la “industria del juicio”, al anular la inhibición y permitir nuevamente la acción civil por parte de los trabajadores. La respuesta no se hizo esperar, para el gerente Regional Misiones de La Segunda, Tomás Salata, esto implica “una amenaza no sólo para las ART, sino para todo el sistema laboral argentino, porque volver al viejo modelo significa fomentar el trabajo en negro, la evasión y, por ende, la desocupación”. subtitulo/Sistema de ART/subtitulo Según el sistema de ART los empleadores, sean personas físicas o jurídicas, están obligados a afiliarse a una aseguradora que, a su vez, está controlada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. La Ley 24.557 surgió en reemplazo de la 9.688 de Accidentes de Trabajo, y sus complementarias. Entre los principales objetivos, contemplaron que el nuevo sistema apunte a reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención; reparar los daños derivados de accidentes de trabajo, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado, así como su recalificación y recolocación en el sistema laboral. Además de la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las prestaciones reparadoras. “Es fundamental que la sociedad tome conciencia sobre la diferencia de uno y otro sistema, y empiece a dimensionar las prestaciones, derechos, y deberes que actualmente las ART cumplen, dado que entre las funciones que nos impuso la ley se encuentra el asesoramiento, asistencia técnica y fiscalización de la empresa sobre higiene y seguridad laboral”, explicó el directivo de La Segunda en diálogo con Argentina Forestal.com. Por otra parte, la antigua ley contemplaba la muerte, la incapacidad total o parcial en forma permanente del obrero, reintegros de jornales caídos y asistencia médico-farmacéutica. “Era un seguro excesivamente oneroso para el empresario, porque llevaba un componente que era la opción que tenía el obrero de actuar por la vía civil, desechando la opción laboral. Pero era la vía civil la que desproporcionaba todo lo que era un sistema operable o posible, porque los valores que se manejaban eran muy distantes de la realidad económica y social del país, y en muchos de los casos fomentado por lo que después se conoció como la industria del juicio”, recordó Salata. Cabe agregar que normalmente el empresario tomaba el seguro de muerte e incapacidad, que era el riesgo económico mayor dado que ambas incluían la opción civil por parte del trabajador, ya era conocida entonces la existencia de operadores apostados en los hospitales públicos, sanatorios o en todo lugar en que hubiera un trabajador accidentado, presto a desarrollar su tarea. “Pero cuando surge la nueva ley, se depositó en las ART la responsabilidad de instar al empleador para que cumpla con las medidas preventivas de higiene y seguridad; se establecen valores máximos para los distintos tipos de siniestralidad que puedan ocurrir (incluyendo la muerte del operario); a la vez que se excluye la opción civil por medio del Art. 39”, explicó. Así, las aseguradoras debieron incorporar un programa de mejoramiento en el trabajo, esto quiere decir que el operario debe recibir de su empleador -por intermedio de los profesionales de las ART- capacitación e información sobre los riesgos laborales. “Con este sistema se empezó a trabajar en prevención, ya no se trata de pensar solamente en el empresario como un cliente, sino también en el obrero como ser humano. La LRT, a través del empresario, busca dignificar el estado de salud del empleado, generando condiciones de trabajo adecuadas para evitar accidentes”, enfatizó Salata. subtitulo/Capacitación, eje de la prevención/subtitulo Pero no todo fue sencillo para las ART. Durante estos nueve años de implementación de la norma se encontraron con una fuerte resistencia al cambio de parte de los operarios. “La situación al principio era dificultosa porque los obreros no siempre lograban interpretar las exigencias de la patronal (a instancias nuestras) de exigir la utilización de los elementos de seguridad. Por ejemplo, muchas veces nos encontrábamos con que no querían usar zapatos con puntas reforzadas cuando estaban trabajando con elementos pesados porque no estaban acostumbrados; lo mismo con los protectores auditivos, visuales o la ropa de trabajo”. Pero la situación se logró revertir por medio de charlas y programas de capacitación en las empresas, “fundamentalmente tratando de mentalizarlos de que son los hacedores de su propia seguridad y salud, y que de ellos depende su familia, sus hijos”. En ese sentido, admitió que los empresarios también debieron concientizarse de la importancia de cuidar a sus empleados, “y sucedió que en varios casos se encontraban con que el trabajador accidentado era, además, el más calificado, y no tenían como reemplazarlo. Logrando que en la actualidad se genere toda una tendencia hacia la protección del obrero”. subtitulo/Amenaza al sistema/subtitulo Sin embargo, pese a estos logros, la preocupación surge a partir de estas modificaciones impulsadas en Diputados por legisladores “que por desconocimiento o respondiendo a intereses sectoriales, pueden destruir uno de los pocos sistemas que funcionan en este país”, sostuvo Salata. “Si el proyecto de modificar la ley avanza con éxito, ya no se podrá canalizar por medio de las aseguradoras, porque significaría directamente el cese de la operatoria de las ART”, advirtió, y agregó que otra consecuencia podría ser la de generar una nueva cobertura de póliza que ampare el riesgo de la opción civil a través de Aseguradoras de Riesgos Patrimoniales, “lo cual conlleva al encarecimiento del costo empresarial”. “Se trata de una situación muy peligrosa no solo para el sistema de ART, sino que afectaría el real crecimiento de la economía nacional. Entonces, quienes proponen esta alternativa no atienden el interés de los propios trabajadores que, según encuestas realizadas sobre la actual cobertura de ART en el país, de cada cinco encuestados, cuatro se manifestaron conformes con la cobertura que le daba su correspondiente ART”, concluyó.

Por Patricia Escobar

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