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Patricia Bullrich anunció que el gobierno derogará la ley de relevamiento indígena: “La Ley 26.160 se termina”

La ministra Patricia Bullrich participó del Consejo de Seguridad de Neuquén, en Villa La Angostura, esta semana. Sostuvo que “no puede haber leyes eternas que prorroguen desde el 2006 al 2024 un derecho a una usurpación y no permitir el desalojo. Está ley de relevamiento indígena está a punto de ser derogada definitivamente», recalcó. Esta ley, vigente desde 2006, suspende los desalojos de tierras ocupadas por comunidades indígenas y ordena un relevamiento técnico, jurídico y catastral de dichas tierras.

 

Fuente: Río Negro Digital 

 

La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, participó del Consejo de Seguridad de Neuquén en Villa La Angostura. Aseguró que el gobierno de Javier Milei no tiene «ninguna cuestión mapuche» y que la ley de Emergencia Territorial Indígena «está a punto de ser derogada definitivamente».

Entre las autoridades presentes, estuvo el intendente Javier Murer, y el ministro de Seguridad de Neuquén, Matías Nicolini.

La ministra ,  al ser consultada por los medios, habló del vínculo del gobierno con las comunidades mapuches. «No puede haber leyes eternas», apuntó Bullrich contra la ley de Emergencia Territorial Indígena

«Nosotros no tenemos ninguna cuestión mapuche. Lo que tenemos es una cuestión cuando existen acciones por fuera de la ley, como usurpaciones en predios del Ejército, parques nacionales, como ha sido Villa Mascardi», recalcó la funcionaria.

Y agregó: «Porque la cuestión mapuche o de cualquier comunidad indígena está en la Constitución Nacional, con comunidades reconocidas o tierras otorgadas, no con usurpaciones».

Luego una pregunta por el fallo del Tribunal Superior de Justicia (STJ) de Neuquén que declaró que la comunidad mapuche Paicil Antriao «no es ancestral», sostuvo: «Es importante que se distingan bien las comunidades reconocidas, de las que no son reconocidas y que usurpan tierras sin derecho alguno».

Por eso, aseguró que «la ley 26.160 se termina». «No puede haber leyes eternas que prorroguen desde el 2006 al 2024 un derecho a una usurpación y no permitir el desalojo. Está a punto de ser derogada definitivamente», recalcó la ministra.

El fallo que declara a la Paicil Antriao como una comunidad «no ancestral» dispuso que deberán devolver el camping Correntoso a la municipalidad de Villa La Angostura. «Si la provincia de Neuquén ha determinado que eso es una usurpación y no un derecho legítimo de un pueblo originario, volverá seguramente al juez de primera instancia que ordenará en algún momento ese desalojo», explicó.

Qué dice la Ley de relevamiento indígena

La Ley 26160 o Ley Nacional de Emergencia Territorial Indígena declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que ocupan las comunidades indígenas originarias del país.

Suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos que desalojen o desocupen las tierras de las comunidades indígenas, ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de las comunidades indígenas y crea un Fondo Especial para la asistencia de las comunidades indígenas.

El diputado Miguel Ángel Pichetto presentó en abril un proyecto para la derogación del DNU 805 /2021 que le dio continuidad a la ley 26160 /2006 de Relevamiento Territorial de las Comunidades Indígenas. En la iniciativa se establece que sea retroactiva la anulación de los actos jurídicos. Sin embargo, aún no ha sido tratado por el Congreso de la Nación.

Presentaron un proyecto para evitar la derogación de la Ley 26.160

Tras las declaraciones de la funcionaria el martes en Neuquén, un grupo de legisladoras presentó un proyecto para evitar la derogación de la Ley 26.160 de Emergencia Territorial Indígena, considerada fundamental para proteger los derechos de las comunidades indígenas.

En este marco, la senadora Nora Giménez y la diputada Roxana Monzón, ambas de Unión por la Patria, presentaron un proyecto de ley conjunto que tiene como objetivo desarrollar el contenido, los principios y el procedimiento destinado a instrumentar el derecho a la posesión y la Propiedad Comunitaria Indígena, entendida como las tierras y territorio que las Comunidades ancestralmente y tradicionalmente ocupan y sobre las que ostentan una posesión caracterizada entre otras por una relación cultural y espiritual.

 

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