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La Justicia hizo lugar al amparo presentado por las Comunidades Cayún, Motoco-Cárdenas, Pulgar Huentuquidel y Leopoldo Quilodrán y ordenó la suspensión de la Ley XVII Nº 92, de ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia del Chubut, que fuera aprobada a mediados de año por la Legislatura.
Fuente: Diario El Chubut
CHUBUT (17/09/2010).- La Justicia hizo lugar al amparo presentado por las Comunidades Cayún, Motoco-Cárdenas, Pulgar Huentuquidel y Leopoldo Quilodrán y ordenó la suspensión de la Ley XVII Nº 92, de ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia del Chubut, que fuera aprobada a mediados de año por la Legislatura. El amparo había sido presentado a principios de agosto, con el patrocinio del Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra, y planteaba que la ley fue aprobada sin desarrollar los procedimientos de consulta y participación previstos por la normativa constitucional vigente en Argentina relativa a los Pueblos Originarios. El pasado 8 de septiembre, la doctora Claudia Melidoni, titular del Juzgado de Familia Nº 2 del Noroeste del Chubut, con sede en la ciudad de Esquel, ordenó la suspensión por el término de 90 días. En su resolución, la jueza basándose en la documentación presentada por los amparistas, tuvo por acreditada la verosimilitud del planteo, y en consecuencia, dictó la medida cautelar consistente en la suspensión de la aplicación de la ley provincial cuestionada. Además, las comunidades de la cordillera exigen que se declare nula e inconstitucional esta ley para que se les dé la participación que corresponde a la hora de decidir sobre el uso de los territorios con bosques nativos.


