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Diputados insiste en leyes laborales

ART: Tomada dijo que se preserva el sistema

Mientras persiste la preocupación empresarial por el futuro de la ley de riesgos laborales, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, aseguró ayer que «se preservará el régimen vigente» y que «habrá certidumbre jurídica para todos».

Fuente: La Nación

BUENOS AIRES (28/4/2006).- Por su parte, la Comisión de Legislación Laboral de Diputados, que preside el asesor de la CGT Héctor Recalde (PJ-Buenos Aires), aprobó tres dictámenes de proyectos de cambios a la ley de contratos de trabajo. Fuentes del Gobierno, de todas formas, ratificaron a LA NACION que la voluntad del Poder Ejecutivo es que se modere el ritmo del tratamiento de esas leyes. Recalde, por su parte, reiteró que su propósito es avanzar «gradualmente» en la revisión de normas vigentes. Respecto de la ley de riesgos, Tomada, que habló en la apertura de la Semana Argentina de Salud y Seguridad en el Trabajo -organizada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo-, recordó que la nueva ley elevará los montos de indemnización para los trabajadores incapacitados y supondrá «un pleno respeto por la Constitución». El régimen actual está cuestionado por la Justicia, entre otros temas, por pretender impedir que se llegue a un juicio civil contra el empleador. El proyecto de reforma conlleva el derecho del trabajador a optar entre cobrar las prestaciones previstas por la propia ley, a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo (ART), o ir a un juicio. Si bien a grandes rasgos los representantes de los empleadores están a favor de esa opción (rechazan la alternativa de que puedan reclamarse resarcimientos por dos vías), hay resistencia a la forma en que se instrumentaría en algunos aspectos el nuevo régimen y a los costos que demandaría la reforma. Por ahora, el proyecto no llegó al Congreso, donde la comisión de temas laborales en Diputados aprobó ayer varios dictámenes: Una iniciativa prevé que se considere el plazo de preaviso como tiempo de servicio para el cálculo de la indemnización por despido, aun cuando el preaviso no fue otorgado (hoy sólo se lo considera bajo este último supuesto). Así, se garantiza un pago más elevado. Otro texto modifica el artículo 12 de la ley de contrato de trabajo para disponer la prohibición de suprimir o reducir derechos previstos en contratos individuales de trabajo. Hoy se prevé esa garantía para los beneficios dispuestos por la propia ley, por estatutos profesionales o por convenios colectivos, pero no por condiciones fijadas para un trabajador en particular. Otra iniciativa modifica el artículo 80 de la misma ley, para obligar al empleador a entregar, a pedido del trabajador, la constancia del pago de aportes a la seguridad social en cualquier momento. Hoy, esa obligación rige sólo al término de la relación laboral o «cuando medien causas razonables». Por Silvia Stang De la Redacción de LA NACION

Fuente: La Nación

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