Conflicto ambiental por inversiones de celulosas en Uruguay |
Así lo dice el trabajo técnico argentino que se elaboró en el ente binacional con Uruguay. La delegación argentina de la Comisión Binacional presentó el viernes el informe en el que sostuvo que Uruguay incumplió obligaciones internacionales «al autorizar unilateralmente» la instalación de las papeleras, y que las plantas industriales «no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente».
Fuente: Diario Clarín
BUENOS AIRES (5-2-2006).- La delegación argentina de la Comisión Binacional presentó ayer el informe en el que sostuvo que Uruguay incumplió obligaciones internacionales «al autorizar unilateralmente» la instalación de las papeleras, y que las plantas industriales «no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente. La publicación del informe se produce luego de que los delegados de ambos países no llegaran a un acuerdo para emitir uno conjunto, a raíz de las discrepancias en el seno de la Comisión. El informe —que consta de 33 páginas y un gran cantidad de anexos documentales— sostiene que el país vecino no respetó el Estatuto del Río Uruguay de 1975 desde el principio. Este tratado creó la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), órgano binacional encargado de administrar el uso del río. En su artículo siete, el estatuto establece que en el caso de que alguna obra tenga «entidad suficiente para afectar la navegación, el régimen del río o la calidad de sus aguas, deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará (…) si el proyecto puede producir perjuicio sensible a la otra parte». Es justamente el incumplimiento de esa obligación lo que el informe imputa al Uruguay. Asimismo, el informe afirma que las empresas Botnia y ENCE «no cumplieron con los recaudos requeridos en sus países de origen en los casos de proyectos que puede tener efectos ambientales transfronterizos». Esto sería así porque la tecnología que utilizarían las plantas de Fray Bentos no es la que menos impacto causa al medio ambiente. En esas condiciones, la instalación de las papeleras «no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente en el ecosistema del Río Uruguay al más alto nivel de exigencia en el mundo contemporáneo», dice el informe. El trabajo también insiste en que Uruguay no entregó información completa, más allá de que funcionarios de ese país —como el canciller Reinaldo Gargano— dijeron en varias oportunidades que sí lo hicieron. También se cuestionan los estudios de impacto ambiental elaborados por la empresa finlandesa Botnia y la española ENCE, así como el análisis de impacto acumulativo elaborado por la Corporación Financiera Internacional, órgano del Banco Mundial que financiaría el proyecto. Asimismo, el informe consigna que «la Delegación del Uruguay se negó a considerar la propuesta argentina de que se suspenda la construcción de las plantas proyectadas». El trabajo sostiene que la delegación uruguaya respondió que la instalación de las plantas en Fray Bentos, además de ser «un hecho anterior al actual gobierno, ya es un hecho». El informe concluye afirmando que «la eventual operación de las plantas impactará negativamente en el territorio de la provincia», y que ello afectará «las condiciones de productividad, las actividades industriales y comerciales y la salud de los habitantes». Así lo dice el trabajo técnico argentino que se elaboró en el ente binacional con Uruguay. ——————————————————————————– La delegación argentina de la Comisión Binacional presentó ayer el informe en el que sostuvo que Uruguay incumplió obligaciones internacionales «al autorizar unilateralmente» la instalación de las papeleras, y que las plantas industriales «no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente. La publicación del informe se produce luego de que los delegados de ambos países no llegaran a un acuerdo para emitir uno conjunto, a raíz de las discrepancias en el seno de la Comisión. El informe —que consta de 33 páginas y un gran cantidad de anexos documentales— sostiene que el país vecino no respetó el Estatuto del Río Uruguay de 1975 desde el principio. Este tratado creó la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), órgano binacional encargado de administrar el uso del río. En su artículo siete, el estatuto establece que en el caso de que alguna obra tenga «entidad suficiente para afectar la navegación, el régimen del río o la calidad de sus aguas, deberá comunicarlo a la Comisión, la cual determinará (…) si el proyecto puede producir perjuicio sensible a la otra parte». Es justamente el incumplimiento de esa obligación lo que el informe imputa al Uruguay. Asimismo, el informe afirma que las empresas Botnia y ENCE «no cumplieron con los recaudos requeridos en sus países de origen en los casos de proyectos que puede tener efectos ambientales transfronterizos». Esto sería así porque la tecnología que utilizarían las plantas de Fray Bentos no es la que menos impacto causa al medio ambiente. En esas condiciones, la instalación de las papeleras «no permitirán alcanzar el objetivo de preservar el medio ambiente en el ecosistema del Río Uruguay al más alto nivel de exigencia en el mundo contemporáneo», dice el informe. El trabajo también insiste en que Uruguay no entregó información completa, más allá de que funcionarios de ese país —como el canciller Reinaldo Gargano— dijeron en varias oportunidades que sí lo hicieron. También se cuestionan los estudios de impacto ambiental elaborados por la empresa finlandesa Botnia y la española ENCE, así como el análisis de impacto acumulativo elaborado por la Corporación Financiera Internacional, órgano del Banco Mundial que financiaría el proyecto. Asimismo, el informe consigna que «la Delegación del Uruguay se negó a considerar la propuesta argentina de que se suspenda la construcción de las plantas proyectadas». El trabajo sostiene que la delegación uruguaya respondió que la instalación de las plantas en Fray Bentos, además de ser «un hecho anterior al actual gobierno, ya es un hecho». El informe concluye afirmando que «la eventual operación de las plantas impactará negativamente en el territorio de la provincia», y que ello afectará «las condiciones de productividad, las actividades industriales y comerciales y la salud de los habitantes».